Los tres tipos de contratos más comunes para compositores

 

Esta es una historia que probablemente habrás escuchado antes: una banda triunfa, todo el mundo se hace rico, y el compositor se hace aun más rico. ¿Por qué el compositor gana más dinero? ¡La edición musical!

Si eres compositor, puedes ganar enormes cantidades de dinero con tus canciones… SI tienes un contrato con una editorial musical.

Al llevar a cabo toda una serie de tareas que muchas veces resulta demasiado difícil (o lleva mucho tiempo) para los compositores hacerlo por sí mismos, los editores musicales pueden ayudar a abrir oportunidades lucrativas para tus canciones.

¿Pero cómo son los diferentes tipos de contratos de edición? ¿Y cuáles son los pros y contras de cada uno?

Alex Badanes de Songtrust escribió un artículo llamado “Los tres contratos de edición más comunes – Conoce tus opciones!”, que proporciona un buen resumen de este tema. En el artículo, dice:

El momento en que decides que una canción en la que has estado trabajando durante semanas está finalmente acabada, tú posees el copyright y el 100% de tus derechos editoriales. Este 100% se divide en dos secciones importantes: la parte del editor (50%) y la de del autor (50%). A menos que firmes un contrato de trabajo por cuenta ajena (mira más abajo), nunca perderás la propiedad de tu parte como autor.

A continuación pasa a describir las tres clases de contrato de edición que tienes probabilidades de encontrarte en la industria musical actual. Estos son:

Contrato de administración

En un contrato de administración, el compositor conserva el 100% de la propiedad de los derechos de autor y cede solo un 5-20% de la parte del editor durante un plazo normalmente de 1 a 3 años. Los acuerdos de administración no suelen incluir servicios creativos y se centran solo en registro de la propiedad de tus canciones en sociedades de recaudación de derechos en todo el mundo, además de recolectar las regalías en tu nombre.

CD Baby Pro facilita exactamente este servicio, y es una muy buena manera de empezar a recaudar tus regalías editoriales en todo el mundo sin verte comprometido en un contrato editorial a largo plazo. Para más información, clica AQUÍ.

El siguiente tipo de contrato más común, según Consor, es…

Contratos de co-edición

Un contrato de co-edición es el tipo de acuerdo más común hoy día para los compositores importantes. Como autor, normalmente cedes el 50% de la parte de la editorial (de ahí lo de “co-edición”) al editor con el que firmas el acuerdo. Al hacer esto, conservas el 100% de la parte de derechos de autor y el 50% de los de edición, lo que hace el 75% por cien el total de tus regalías editoriales. En este acuerdo, dado que el editor obtiene una propiedad parcial de las obras, está mucho más incentivado para explotar las canciones y generar regalías. Las maneras en que tus canciones pueden explotarse es predominantemente a través de sincronizaciones en televisión y películas, además de que sean grabadas y publicadas por artistas importantes: este es el tipo de cosas que los equipos creativos de cualquier reputada editora musical harán activamente para ti a diario. Muchas compañías de edición musical te ofrecerán generosos incentivos para persuadirte de que firmes con ellos. Recuerda, de todas formas, que estos incentives necesitarán ser recuperados en su totalidad una vez tus canciones empiecen a generar ingresos.

Y el último tipo frecuente de contrato de publicación de música es…

Work For Hire Trabajar para otros

En un tipo de contrato de trabajo por cuenta ajena, por una cantidad fijada tú cedes todos los derechos de propiedad y administración de tus obras durante la vigencia del copyright. Estos acuerdos son más frecuentes en películas y publicidad, cuando el estudio cinematográfico o la empresa de producción desea poseer y controlar todos los aspectos de la producción.

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